MENÚ

KIT DIGITAL

¡OS AYUDAMOS!

¿ Cómo solicitar el Kit Digital ?

KIT DIGITAL

¡OS AYUDAMOS!

¿ Como solicitar el Kit Digital ?

Cómo solicitar tu bono Kit Digital

1

Regístrate en la área privada y completa el test de diagnóstico digital.

2

Consulta la información disponible de las soluciones de digitalización que pondrá a tu disposición el programa Kit Digital.

3

Accede a los trámites para solicitar tu bono Kit Digital en función del número de empleados que tenga tu pyme.

Diseño paginas web para que triunfes en internet

Preguntas frecuentes

El Kit digital es subvención a fondo perdido, financiada por la Unión Europea, con el fin de Digitalizar el tejido empresarial, pymes y autónomos.

Esta subvención se aplica al pago de servicios de digitalización realizados por una serie de empresas certificadas como Agentes Digitalizadores.

La subvención tiene forma de BONO DIGITAL, para ser gastado en diferentes servicios de digitalización con topes de gasto máximo en cada uno de ellos.

  • Ser pequeña empresa (hasta 49 trabajadores), microempresa o persona en situación de autoempleo (autónomo).
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Estar inscrito en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  • Las solicitudes se presentan únicamente por vía telemática.

    Es importante dejar toda la documentación preparada para poder presentar la solicitud en el momento de apertura de la convocatoria ya que el UNICO CRITERIO DE ASIGNACIÓN es el ORDEN DE LLEGADA.

El Bono Digital se concede completo y su cuantía depende del número de trabajadores

  • 12.000 € para pymes de entre 10 y 49 empleados.
  • 6.000 € para microempresas de entre 3 y 9 empleados.
  • 2.000 € para empresas entre 0 y 2 empleados.

Esta subvención se materializa en un BONO DIGITAL de una de estas tres cantidades, que podrá ser aplicada, gastada, en servicios digitales ofrecidos, única y exclusivamente por agentes digitalizadores autorizados.

Una vez concedido el Bono Digital se podrá gastar su importe dentro de un Catálogo de Soluciones de Digitalización ofrecidas por Agentes Digitalizadores autorizados en las siguientes categorías:

  • Sitio web y presencia online
  • Comercio electrónico
  • Gestión de redes sociales y marketing online
  • Software de gestión de clientes (CRM)
  • Business Intelligence (BI) y analítica empresarial
  • Soluciones de ciberseguridad online
  • Medidas de protección para comunicaciones seguras
  • Servicios que faciliten la oficina virtual
  • Software de gestión de procesos (ERP)
  • Soluciones de factura digital

El único criterio de asignación es el orden de llegada, hablamos de ayudas que aplican el régimen de concurrencia no competitiva hasta que se agote el crédito presupuestario asignado para esta convocatoria.

Es FUNDAMENTAL tener toda la documentación lista y preparada para que pueda ser presentada en el mismo momento de apertura de la convocatoria, esto maximizará las opciones para ser beneficiarios de esta ayuda.

  • Rellenar formularios de datos necesarios para la solicitud.
  • Cumplimentar el Test de Madurez Digital

Sí, se puede aplicar el Bono Digital en actualizar o cambiar un servicio que ya se tenga siempre y cuando la nueva solución suponga una mejora funcional con respecto a la que tienes actualmente.

Si, puedes combinar los servicios a abonar con el BONO DIGITAL

Es importante saber que cada categoría de servicios digitales tiene un importe máximo de gasto que se puede aplicar en el bono, siendo por ejemplo, 2.000€ lo máximo que podrás destinar a crear una página Web.

Si, puede contratar el servicio que necesites para un negocio, eso sí, solo podrás aplicar el BONO DIGITAL hasta la cantidad máxima permitida, el resto deberá ser abonado directamente al Agente Digitalizador.

Los beneficiarios de estas ayudas del Kit Digital no cobrarán dinero alguno, recibirán un BONO DIGITAL de 12.000, 6.000 o 2.000€ para gastar en las categorías de digitalización aprobadas con uno de los Agentes Digitalizadores habilitados.

Así pues, se deberá firmar un contrato de prestación de servicios con un Agente Digitalizador que será quién, una vez puesto en marcha el proyecto y verificado por la autoridad competentes, recibirá los importes comprometidos con el BONO DIGITAL.

El Kit Digital es una subvención a fondo perdido para la contratación de servicios de digitalización.

Esta subvención no incluye el pago del IVA al Agente Digitalizador.

Así pues, si nos conceden el Bono Digital de 2.000€ y lo aplicamos a un cambio de web, el agente digitalizador emitirá una factura de 2.000€ + iva, en este caso 2.420€.

De esta factura 2.000 euros estarán cubiertos por el bono digital y los 420€ deberán ser abonados al Agente Digitalizador.

Este importe, lo podrás compensar en la siguiente declaración trimestral de IVA como IVA soportado.